El Fondo buitre Goldman Sachs,
ganó entre el día de la firma de la escritura de compra de las 2.935 viviendas
al IVIMA, el 25 de octubre (viernes) de 2013, al 31 de octubre de ese mismo año,
más de 18 millones de euros en tan sólo siete días naturales, 2.5 millones de
euros diarios.
Este primer titular es uno de los
datos que hemos descubierto en “Economía Ciudadana” tras colaborar con “
Corruptil”, en la investigación de la venta de
2.935 viviendas propiedad del IVIMA en 2013 a una “empresa vehículo” de Goldman
Sachs.
En este artículo presentaremos
documentos y analizaremos datos hasta ahora desconocidos de esta operación
urbanística en la Comunidad de Madrid y que podría resultar ser un ejemplo de
la mecánica utilizada en este tipo de operaciones por políticos, con las
instituciones a su servicio e inversores con relaciones institucionales.
También nos apoyaremos en
documentos más conocidos, como
el informe
emitido por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, aunque en este
artículo destacaremos datos de dicho informe sobre los que no se ha incidido y
que desde nuestro punto de vista, podrían se esenciales para demostrar que la
operación de venta no cumplía con la condición de “venta en promociones
completas” que se utilizó con el fin de evitar que los inquilinos con derecho a
compra pudieran ejercer su derecho a “tanteo y retracto” comprando las
viviendas al mismo precio que se le estaba ofreciendo al Fondo Buitre que
finalmente se hizo con el total de las 32 promociones completas del IVIMA.
Hasta el momento, tan sólo hay
dos Directores Gerentes del IVIMA “Investigados” (imputados) por la venta de
estas 2.935 viviendas en el Juzgado de Instrucción nº 48 de Madrid,
Ana
Gomendio y
Juan Van
Halen, aunque espero que, la fiscalía pueda llegar a investigar, a un mayor
número de implicados en esta causa.
Desde Economía Ciudadana creemos
que el expediente administrativo generado en esta operación de venta de
viviendas podría ser, un presunto ejemplo de la experiencia adquirida tanto por
corruptores, como por los corruptos, a la hora de intentar generar una
documentación que de la apariencia de cumplir con todos los requisitos exigidos
por la Ley y que a lo sumo los problemas que se detecten en los papeles
generados o bien sean errores leves o simples confusiones en la gestión. De tal
manera que es el propio expediente administrativo, con apariencia de legalidad,
el que evita cualquier investigación sobre la auténtica realidad de lo
ocurrido.
Como mantengo, la apariencia del
expediente de venta de las 2.935 viviendas del IVIMA es ajustada a Ley, aunque he
podido detectar algunos pequeños problemas. El primero, es en referencia a la
empresa tasadora.
Cuando el
Sr
Van-Halen
adjudica
a
una
tasadora
externa,
SOCIEDAD DE TASACIÓN
S.A, con
CIF
A28808145
el
4/01/2013
para la
realización
de
un
informe
de
valoración
bajo
los
estándares
de
la
Royal
Institucion
of
Chartered
Surveyors
(RICS)
como
parte
del
proceso
de
enajenación
de
las
2.935
viviendas
del
IVIMA.
Curiosamente la realización
de
dichos informes
de
tasación,
los realiza ST
tasaciones,
que
en
realidad
no
es
más
que
el
nombre
comercial
de
ST CARTERA
S.L, con
CIF
B80874886.
Por lo tanto, la primera irregularidad que hemos
detectado, es que la empresa adjudicataría de la tasación y por lo tanto la que emite
las facturas por dicho trabajo
es Sociedad de Tasación S.A., mientras
que la que realiza el trabajo
realmente y emite el informe, es ST Cartera S.L., sociedad diferente a la adjudicataria.
Creemos que supuestamente, el hecho de usar el nombre de ST Tasaciones en el informe de tasación, buscaba hacer creer que la empresa
adjudicataria y la que realizó
el informe era la misma.
En segundo lugar, nos llama la atención, la
relación
indirecta
y
no
sabría
hasta
que
punto
relevante,
entre
el
miembro
del
Consejo
de
administración
de
Sociedad
de
Tasación
SA,
D
David
Ángel
Herrero
Martínez,
apoderado
en
BQ Finanzas
SL, empresa
que
forma
parte
del
Consejo
de
administración
de
Reyal Urbis, y donde coincide
en
el
Consejo
de
administración
con
Europea
de
Desarrollos
Urbanos
SA,
empresa
ligada
estrechamente
a
Azora Europa I SA, Lazora
SII SA (miembros del
Consejo,
Gumuzio “presidente de ENCASA CIBELES empresa dueña en la
actualidad de las viviendas del IVIMA” y
Julian Dolz
García y
otros)
(empresas
de
Azora)
a
través
de
Encina
de
los
Monteros
SL,
Ocio
de
los
Monteros
SL
o
Hercesa
Inmobiliaria
SA.
Tercero, si bien es legal que
varias empresas pertenecientes a la misma empresa matriz, puedan presentarse al
mismo concurso público, como fue el caso de la venta de las viviendas del IVIMA
En este caso, Golmand Sachs,
propietaria final de las 32 promociones del IVIMA, concursó a través de Goldman
Sachs Group, Goldman Sachs International
y Azora Gestión, esta última la ganadora del concurso. Además, Azora ejerció la
opción de utilizar una empresa vehículo, Encasa Cibeles, como titular de la
propiedad en el contrato público de venta.
Pero aún quedaba rizar, el rizo,
me refiero cuando Goldman se compra a sí misma (a Azora), a través de ELQ Investors II Ltd, con sede en la City de Londres, conocido
paraíso fiscal, el 97,95% de Encasa Cibeles con la posible/presunta intención
de evitar el pago de impuestos en España sobre la operación urbanística.
Cuarto, uno de los elementos más
controvertidos de la enajenación de las 2.935 viviendas del IVIMA fue la venta
como promociones completas, lo que significaba, que los inquilinos con derecho
a compra no podían utilizar en este caso concreto, el derecho que en otra
situación les hubiera asistido del uso
al “tanteo y retracto”. Dicho de manera sencilla, comprar la vivienda al
mismo precio que se le ofertó al Fondo Buitre de Goldman Sachs, la mitad del precio
que pactaron los inquilinos con el IVIMA.
Resulta sorprendente, que nadie
se haya dado cuenta, aún cuando el dato aparezca en el informe de la Cámara de
Cuentas de la Comunidad de Madrid sobre la venta de viviendas en 2013, que hay 415 viviendas
afectadas por préstamos hipotecarios subvencionados
y que por lo tanto, el propietario de las mismas no es el IVIMA, sino los
titulares de los créditos hipotecarios.
Las viviendas de las que no es
propietario el IVIMA son exactamente las siguientes y se distribuyen en 8 promociones:
34 vvdas Ensanche de Vallecas p.1.20.B, 144 vvdas Ensanche
de Vallecas p.6.48;
57 viv. Ensanche de Valles p.6.13;
41 viv. Ensanche
de Vallecas p.2.54
A-D; 18 viv. RB 10-2 Leganés Arroyo Culebro; 33 viv. Ensanche de Vallecas p.6-26; 48 viv. Dehesa de Navalcarnero; 40 viv. UED Oeste Valdemoro.
La existencia de estos 415
créditos hipotecarios nos indica que al menos 8 de las 32 promociones, no son
promociones completas y por lo tanto los inquilinos de estas 8 promociones con derecho a opción de compra tendrían el
derecho a ejercitar “tanteo y retracto” al mismo precio que se le ofertó al
Fondo Buitre.
También sabemos que los créditos
hipotecarios fueron concedidos por Ibercaja, Bankia y Cataluña Caixa (actual BBVA)
y que coinciden con el plan de vivienda de 2009.
En
dicho plan, se titulizarón miles de
Viviendas de Protección Oficial, de hecho, estas tres entidades titulizarón
créditos hipotecarios sobre 5.719 hipotecas ubicadas en la Comunidad de Madrid,
por un valor de 380.833.999,38 €.
Esto es una mera suposición y
debería investigarse. Creo que no sería improbable que estas 415 viviendas estuvieran
titulizadas y por lo tanto ni el IVIMA, ni Azora, ni las entidades bancarias
serian dueñas de estos créditos hipotecarios, sino que lo serían los inversores
que hieran comprado participaciones en los Fondos de Activos Titulizados.
Por si alguien quisiera
investigar si los créditos hipotecarios de estas 415 viviendas hubieran sido titulizados, paso a enumerar
los Fondos vivos de Titulización de viviendas de VPO del BBVA, Ibercaja y
Bankia.
MADRID ICO-FTVPO I: Monto Total de la Emisión de Bonos: 447.500.000 euros Fecha de Emisión:
14/07/2009.
Códigos ISIN:
|
|
14/07/2009
|
9477
|
Serie A(G)
|
409.500.000
|
ES0377936002
AIAF
|
14/07/2009
|
9477
|
Serie B
|
37.700.000
|
ES0377936010
AIAF
|
Entidades bancarias Cedentes
de
los
derechos
de
crédito
de
los
préstamos
hipotecarios que sirven como aval de la emisión de bonos: Ibercaja.
Ubicados en la Comunidad de Madrid, 2778 hipotecas por un valor de 199.233.619,18 euros.
MADRID ICO-FTVPO I, FONDO DE TITULIZACION DE ACTIVOS: Monto Total de la Emisión de Bonos: 260.300.000 euros Fecha de Emisión:
19/12/2008
Códigos ISIN: 19/12/2008 9263 Serie A(G) 260.300.000 ES0359494004 AIAF
Entidades bancarias Cedentes
de
los
derechos
de
crédito
de
los
préstamos hipotecarios que sirven como aval de la emisión
de bonos: Caja Madrid (Bankia).
Ubicados en la Comunidad de Madrid,
2408 hipotecas por un valor de 145.576.472,96 euros.
GAT ICO FTVPO 1 FTH Monto
Total
de
la
Emisión
de
Bonos:
369.500.000
euros Fecha
de
Emisión:
18/06/2009
Entidades bancarias Cedentes de los derechos
de crédito de los préstamos hipotecarios que sirven
como aval de la emisión
de bonos: Cataluña
Caixa, Caixa Manresa, Caixa Penedés, Caixa Terrassa
Ubicados en la Comunidad de Madrid, 533 hipotecas por un valor de 36.023.907,24 euros.
Un último aspecto sospechoso en
lo referente a estas 415 viviendas. Estas viviendas afectas
por préstamos hipotecarios son las que conforman la subrogación por valor de 19.710.336,07 euros que aparece
en la escritura de compraventa del 25 de octubre de 2013 entre el IVIMA y Encasa
Cibeles SL.
El
IVIMA
contabiliza
esta
cancelación
hipotecaria
según
se
puede
comprobar
en
la
página
67
del
Informe de la Cámara de Cuentas de la Comunidad
de Madrid de 6 de noviembre de 2015, en
la
cuenta
253100
“Créditos
a
largo
plazo
Enajenaciones
Inmovilizado
Capital.
Pendiente
de
facturar”
y
que
hace
pensar
que
dichos
créditos
son
del
propio
IVIMA,
cuando
en
realidad
son
responsabilidad
de
los
titulares
de
los
inmuebles.
Además, existen contradicciones
entre la cifra de la subrogación que contabiliza el IVIMA y aparece en las
escritura de venta y la que declara el Presidente de Encasa Cibeles, Fernando
Gumuzio en la Comisión de Investigación
sobre la corrupción política en la Comunidad de Madrid.
En dicha Comisión Gumuzio duda sobre
la cantidad subrogada, y manifiesta que fue 12 millones de euros. Esta es la
cita literal del acta y que además complementamos
con el vídeo del momento en que realizó dicha afirmación: “Se financió el cien
por cien de esta inversión con fondos propios, excepto las deudas que
subrogamos del IVIMA, que eran 12 millones, pero el resto se hizo todo con
capital de los socios.”
Tras lo explicado anteriormente, teniendo
en cuenta que en el contrato de venta tan sólo se reflejan tres cantidades, pago en por
transferencia de 181.289.679,93 euros; IVA por valor de 6.515.742,80 euros
y 19.710.336,07 euros en concepto de subrogación ¿Cómo es posible
que Fernando Gumuzio y losa dos asesores que le acompañaban no conocieran la
cantidad que correspondía a la subrogación?
Quinto, entrando en la venta en
sí misma, nos llamarón la atención hecho tales ¿cómo que Encasa Cibeles, con un
capital social de 3.000 € en la fecha de la firma de la escritura de compra al
IVIMA de las 32 promociones, el 25 de octubre de 2013, pudiera hacer frente al
pago (IVA incluido) de 207.515.758,80 €?
La única explicación posible, de
esta inyección masiva en Encasa Cibeles, está relacionada directamente con el
titular de este artículo y de la imagen que lo encabeza. Esta provisión de
liquidez sólo puede venir por la compra del 97,95% de las acciones de Encasa
Cibeles por su actual accionista mayoritario, ELQ Investors II Ltd.
ELQ
Investors II Ltd, realiza en el mes de octubre una
ampliación de capital por valor de 208.365.700 € con el objetivo de adquirir el
97,95% de
Encasa
Cibeles S.L, lo que implica que el día de la
firma del contrato de venta, el auténtico comprador de las 32 promociones del
IVIMA, no fue Encasa Cibeles, sino ELQ
Investors
II Ltd, empresa que no licito en el concurso, que no era un fue la
empresa vehículo utilizada por Azora, ganadora del concurso y por lo tanto no
estaba legitimada a ser en ese momento, la compradora real de las viviendas del
IVIMA.
En este mismo BORME, en la misma
página y con fecha 30 de octubre de 2013 se nombra a Fernando Gumuzio como
Presidente de Encasa Cibeles, a Ana Estrada, personal de ELQ Investors II Ltd, como vicepresidenta, además de
incluir como miembros del Consejo de Administración a otras tres personas de
ELQ, CANNELL TAVIS (alto ejecutivo de Golmand Sachs en Europa), VENNEKENS
MARCUS HUBERTUS GERTRUDIS y MEIJER MANON.
Como se puede observar, si
hacemos caso a la documentación existente en España, ELQ Investors II Ltd entraría a formar parte de Encasa
Cibeles a partir del 30 de octubre de 2013, pero esto parece contradecir la
aparente imposibilidad de Encasa Cibeles de poder afrontar en pago de la compra
de las viviendas del IVIMA sin la aportación de una fuente externa de liquidez
y que apunta a su actual socio mayoritario ELQ
Investors II Ltd.
Sexto, las sorpresas no terminan,
ni tampoco al parecer el pingue negocio que hace ELQ Investors II Ltd.
En el titular hemos afirmado que
ELQ Investors II Ltd recupera tras la compra del 97,95% del
capital la friolera de 17.941.826 € en 7 días naturales, incluido el fin de
semana; 2.500.000 € al día.
En el caso, que la información
del BORME fuera correcta en referencia a la fecha de entrada en el Consejo de
ELQ Investors II Ltd, la recuperación de 18 millones de
inversión hubiera sido en tan sólo un día.
¿Cuál es la opción más cercana a
la realidad? En este caso, me apuntaré a la explicación que Fernando Gumuzio,
Presidente de Encasa Cibeles, realizada ante
la Comisión de Investigación sobre la corrupción política en la Comunidad
de Madrid el 20 de noviembre de 2015, y en la que mantiene como podemos ver en el video que está debajo de
este párrafo y que afirma que no se hizo una ampliación de 20/21 millones de
euros, sino que fue de 201 millones de euros, versión que encaja y conecta la
ampliación de capital de ELQ
Investors
II Ltd y la compra del 97,95% de Encasa Cibeles.
Por otro lado, Gumuzio afirma en
la Comisión Anticorrupción, Página 4146: “esta sociedad, por alquileres no
genera ingresos suficientes para pagar los gastos y, por lo tanto se vendían
algunas. Hemos vendido, para su información, entre el 3 por ciento el primer
año y el 3 el segundo año, creo que es el 6,25, 201 viviendas.”
Estos ingresos insuficientes por
alquileres han sido hasta junio de 2016 de
32.000.000 de euros, a lo que habría que añadir los ingresos
extraordinarios por la venta de estas 201 viviendas a un precio medio de 90.000
euros, nos darían un tanto alzado de 18.000.000 euros.
A estos 50.000.000 de euros, por
ingresos ordinarios, de rentas, ingresos extraordinarios por venta de
inmuebles, habría que añadir a esta situación ruinosa, al menos los 5.825.168
dólares, unos 4 millones de euros, de beneficio declarado por ELQ Investors II Ltd en su contabilidad anual de 2014
y que provienen de Encasa Cibeles.
Estas viviendas que no son
capaces de obtener suficientes ingresos para cubrir gastos, han generado unos
ingresos brutos de 50 millones de euros y unos beneficios hasta 2014 a ELQ Investors II Ltd de 22 millones de euros.
Séptimo, no quisiera finalizar este artículo
de investigación y denuncia con un hecho singularmente llamativo en este
contexto, referido a los dos investigados (imputados) en la venta de las 32
promociones del IVIMA al Fondo Buitre de Golmand Sachs,
Ana
Gomendio y
Juan Van Halen
y es que ambos fueron miembros del Consejo de Administración de la empresa “
Nuevo Arpegio” empresa
dedicada a gestionar el suelo público de la Comunidad de Madrid y en muchos
casos a financiar obras en los municipios madrileños. Esta empresa pública, es
una de las implicadas
en
la “Trama Púnica” de Francisco
Granados y en la que se investigan 8 contratos, por un valor de 11.8
millones de euros.
En el caso de Ana Gomendio, fue Consejera
de Nuevo Arpegio entre el 24 de Junio de 2014 y el 27 de noviembre de 2015.
Juan Van Halen fue Consejero de
Nuevo Arpegio entre el 14 de enero de 2011 y el 3 de marzo de 2014.
El dato sobre Nuevo Arpegio, queda
sobre la mesa, por si alguien quisiera seguir esta línea de investigación.
NOTA: Desde Economía Ciudadana queremos dejar constancia que
respetamos el Derecho Constitucional a la Presunción de Inocencia y por lo
tanto el texto del artículo debe leerse siempre teniendo en cuenta dicha presunción
de inocencia.
No se imputa ningún delito, ni a
las empresas, ni a las personas que aparecen en este artículo, sino que
simplemente se informa sobre hechos que podrían ser irregulares y por lo tanto relevantes
para ser investigados por la justicia.