Deuda griega

Por su interés en estos momentos, reproduzco en castellano la resolución del ISD a propósito del posible default  de Grecia como consecuencia de la reestructuración de su deuda.

ISDA comité de la EMEA determinaciones: Evento de crédito no se ha producido con respecto a preguntas recientes sobre la reestructuración República Helénica

01 de marzo 2012
COMUNICADO DE PRENSA 
Para publicación inmediata

ISDA EMEA determinaciones del Comité:
Evento de crédito no se ha producido con respecto a las preguntas más recientes sobre
La República Helénica reestructuración


LONDRES, 01 de marzo 2012 - A la luz de comité de la EMEA de hoy las determinaciones ( EMEA DC ) decisiones unánimes con respecto a las dos preguntas potenciales de crédito de eventos relativos a la República Helénica (Número de CC 2012022401 y el tema de CC 2012022901), el CC de la EMEA se ha comprometido a publicar la siguiente declaración:

La primera cuestión (Número de CC 2012022401) preguntó si los tenedores de bonos de la Ley griega había sido subordinado al BCE y los BCN ciertos cuyos bonos fueron adquiridos por la República Helénica con anterioridad a la aplicación de la nueva legislación griega de tal manera que la subordinación de ese tipo constituye un crédito de reestructuración Evento

La CD de la EMEA por unanimidad determinó que el patrón de hechos específicos, contemplados en la primera cuestión no satisface ninguna rama de la definición de subordinación como se establece en la ISDA 2003 Derivados de Crédito Definiciones Definiciones de 2003 ) y por lo tanto un evento de crédito de reestructuración no ha se produjo en la Sección 4.7 (a) de las definiciones de 2003.

La segunda cuestión planteada (Número de CC 2012022901) preguntó si había habido ningún acuerdo entre la República Helénica y los titulares de la deuda privada griega, que constituye un evento de crédito de reestructuración

La EMEA DC determinó que no había recibido ninguna prueba de un acuerdo que cumpla con los requisitos de la Sección 4.7 (a) de las definiciones de 2003 y por lo tanto en base a los datos de que disponga, el CC de la EMEA por unanimidad determinó que un evento de crédito de reestructuración no ha se produjo en la Sección 4.7 (a) de las definiciones de 2003.

La CD de la EMEA señaló, sin embargo, que la situación en la República Helénica aún está evolucionando y hoy en día en la región EMEA decisiones de CC no afecta al derecho o la capacidad de los participantes del mercado para presentar preguntas a la CC de la EMEA en relación con la República Helénica ni es una expresión de vista de la DC de la EMEA, sobre si un evento de crédito podría ocurrir en una fecha posterior, en cada caso, como otros hechos salen a la luz.


ISDA ® es una marca registrada de la International Swaps and Derivatives Association, Inc.

0 comentarios :

Publicar un comentario

 
Top